Derechos civiles y políticos: estos derechos surgieron como respuesta a los reclamos desatados a finales del siglo XVIII en manos de grupos revolucionarios occidentales. Por medio de ellos se busca la protección individual frente a la posible agresión de cualquiera de los órganos públicos. A partir de los derechos civiles y políticos se le impone al Estado que debe abstenerse de inferir en el goce y ejercicio de estos derechos por parte de los individuos.
Derechos económicos, sociales y culturales: estos derechos tienen el objetivo de garantizar el acceso a la educación, el trabajo y a la cultura y garantizar el bienestar económico, todo esto a fin de asegurar el desarrollo de las personas y pueblos. El reconocimiento de este tipo de derechos fue posterior a los anteriores y su razón de ser es el respeto a la dignidad de las personas, a su libertad y también a la eficacia de la democracia. Todo esto será posible si se dan las condiciones culturales, económicas y sociales que garanticen el desarrollo de aquellos pueblos y personas.
Por
supuesto que la vigencia de los derechos económicos, sociales y culturales
están determinados por las condiciones de cada país, por lo que su cumplimiento
varía entre estos. Algunos de ellos son: derecho a la seguridad social, a la
satisfacción de los derechos sociales, económicos y culturales, al trabajo en
condiciones equitativas así como también satisfactorias. Además, derecho a la
alimentación, salud, vivienda, vestimenta, a los servicios sociales, a la
educación primaria y secundaria, entre otros.
Derechos de los pueblos: estos derechos tienen que ver con cuestiones supranacionales, como lo son el derecho a tener un medio ambiente sano o la conservación de la paz. El contenido de los derechos de los pueblos aún no está determinado en su totalidad, sino que está por definirse. Algunos de ellos son: derecho a la identidad cultural y nacional, a la autodeterminación, a la independencia económica, a la paz, a la justicia internacional, al medio ambiente, al patrimonio común de la humanidad, entre otros.
Derechos de los niños: son un conjunto de normas de derecho internacional que protegen a las personas hasta determinada edad. Todos y cada uno de los derechos de la infancia son inalienables e irrenunciables, por lo que ninguna persona puede vulnerarlos o desconocerlos bajo ninguna circunstancia. Varios documentos consagran los derechos de la infancia en el ámbito internacional, entre ellos la Declaración de los Derechos del Niño y la Convención sobre los Derechos del Niño.
Claro está que existen más tipos de Derechos humanos, pero
estos son los más relevantes.
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